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Contenido de la página
Quiénes lo presentan
Petróleos Mexicanos o cualquier otra empresa productiva del Estado que sea titular de una asignación y operador de un área de asignación.
Dónde se presenta
A través de Buzón Tributario.
Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponibles en el Buzón Tributario, el mismo debe presentarse en éste Portal, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6. de la Resolución Miscelánea
Fiscal.
Consulta
aquí
el listado de trámites y servicios que se encuentran disponibles en Buzón Tributario. Lo anterior de conformidad con lo establecido en la regla 2.2.6. de la Resolución Miscelánea
Fiscal.
Qué documento se obtiene
Acuse de recibo electrónico.
Cuándo se presenta
A más tardar el 31 de marzo de cada año.
Requisitos
El asignatario de que se trate debe adjuntar en archivo digitalizado, la documentación que a continuación se describe:
El reporte anual de inversiones, costos y gastos deducidos en el ejercicio fiscal de que se trate que haya sido presentado a la Secretaría en términos del artículo 49 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.
Información presentada ante la Cámara de Diputados en términos del artículo 40, quinto párrafo de la mencionada Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.
Condiciones
Contar con
contraseña
y e.firma vigente.
Información adicional
La documentación e información señalada en esta ficha, debe digitalizarse en formato .pdf, sin que cada archivo exceda los 3 Mb, si el peso del archivo es mayor, debe ajustarlo dividiéndolo en varios archivos que cumplan con el tamaño y especificaciones señaladas y adjuntarlos en cualquiera de los diversos campos de la solicitud electrónica.
Compromisos de servicio
Disponibilidad permanente.
Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
Pasos para realizar el trámite
Ingresa a la sección
trámites
y selecciona la opción Buzón Tributario.
Captura tu RFC y contraseña o tu e.firma, seguido del Inicio de Sesión.
Llena los datos solicitados por el formulario electrónico, indicando el trámite que deseas realizar.
Ingresa archivo(s) comprimidos en (.zip) que generaste en tu equipo de cómputo, USB o CD.
Envía el trámite al SAT e imprime tu acuse de recibo electrónico.
Espera respuesta del SAT a través del correo electrónico que registraste para contactarte.
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículo 40 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos; regla 10.8.,
de la
Resolución Miscelánea Fiscal.
Última modificación:
08 de marzo de 2018 a las 10:34