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Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas que elaboren y enajenen artesanías.
Quiénes lo presentan
Las personas físicas y morales que requieran inscribir en el RFC a personas físicas que se dediquen exclusivamente a la elaboración y enajenación de las artesanías elaboradas por sí mismos, siempre que sus ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de un monto equivalente a $250,000.00 (doscientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.).


Dónde se presenta

En éste Portal.


Qué documento se obtiene

Si la inscripción se realiza con CURP:

Acuse de Inscripción en el RFC con cédula de identificación fiscal.

Si la inscripción se realiza de manera masiva:
Acuse de respuesta con el resultado de claves de RFC o acuse de rechazo.


Cuándo se presenta

Cuando el contribuyente lo requiera.


Requisitos

Para inscripción con CURP:

No se requiere presentar documentación.


Para inscribir de manera masiva:

Archivo con la información de las personas físicas artesanos.


Condiciones

  • Contar con CURP.
  • Contar con correo electrónico válido que cumpla con las características a que se refiere el numeral 14 del apartado de definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites.

Información adicional


Compromisos de servicio

  • Disponibilidad permanente.
  • Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.

Pasos para realizar el trámite

En el Portal del SAT con CURP:
  1. Ingresa a la sección trámites y de la barra superior elige la opción RFC.
  2. Del apartado inscripción, selecciona la opción con CURP.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: inscripción al RFC.
  4. Envía tú trámite al SAT e imprime la hoja previa con el número de folio asignado a tu trámite.
  5. Recibe y guarda el acuse de Inscripción en el RFC con la cédula de identificación fiscal.
 
Por el Portal del SAT para la inscripción de manera masiva:
  1. Ingresa a la sección trámites, captura tu RFC y contraseña en Mi portal, seguido de iniciar sesión.
  2. Selecciona sucesivamente las opciones: servicios por internet  / servicio o solicitud / solicitud.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: servicio de Aviso, indicando el trámite a realizar.
  4. Ingresa el (los) archivo(s) que generaste en tu computadora, USB o CD, según sea el caso.
  5. Envía tu trámite al SAT e imprime tu acuse de recibo electrónico.
  6. Espera respuesta del SAT a través del medio que hayas elegido para contactarte.

Disposiciones jurídicas aplicables

Artículo 27 del Código Fiscal de la Federación; reglas 2.4.3., 2.4.6., 2.7.3.9. de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Última modificación:
22 de enero de 2018 a las 10:23
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