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Informe para desvirtuar los incumplimientos que fueron detectados durante la verificación del cumplimiento de requisitos y obligaciones del aspirante emisor y emisor autorizado de monederos electrónicos de vales de despensa.
Quiénes lo presentan
Las personas morales que se encuentran autorizados como emisor autorizado de monederos electrónicos de vales de despensa para los efectos del artículo 27, fracción XI, primer párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta, quienes se encuentran sujetos a revisión de verificación de cumplimiento de requisitos y obligaciones, así como aspirantes a emisor autorizado de monederos electrónicos de vales de despensa.
 
Dónde se presenta
  • A través de Buzón Tributario y mediante la entrega o envío de los discos compactos o DVD´s o dispositivos electromagnéticos por correo certificado o mensajería especializada a la dirección siguiente: 3a cerrada de Cáliz s/n colonia el reloj, delegación Coyoacán, c.p. 04640, en atención a la Administración Central de Seguridad Monitoreo y Control de la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información (AGCTI).
 
Qué documento se obtiene 
  • Acuse de recibo.
  • Posteriormente el ​ oficio de resultado final u oficio de opinión tecnológica favorable o no favorable.

Cuándo se presenta
Cuando el emisor autorizado de monederos electrónicos haya recibido a través del Buzón Tributario el oficio dónde se le notifica los incumplimientos detectados durante la verificación del cumplimiento de requisitos y obligaciones, mediante el cual se le haya otorgado los diez días para desvirtuar los mismos y en el supuesto de que algún aspirante a emisor autorizado de monederos electrónicos no cumpla con alguno de los requisitos de carácter tecnológico mencionados en la fracción IV de la regla 3.3.1.17. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
 
Requisitos
  • Adjuntar el archivo electrónico con las pruebas que soporten los hechos o circunstancias que manifiesta.
  • Aclaración o manifestaciones correspondientes a cada incumplimiento, suscritas por el representante o apoderado legal con facultades para tal efecto, mediante documento firmado autógrafamente, digitalizado y remitido vía Buzón Tributario.
  • Relación de anexos y documentación que acredite sus manifestaciones con los HASH MD5 correspondientes a cada archivo.
  • Archivos en formato PDF y plataforma Office.
 
Condiciones
  • Contar con contraseña y e.firma vigente.
  • Contar con medio de contacto para Buzón Tributario.
 
Información adicional
La entrega de los elementos probatorios a que se hace mención en esta ficha, no constituye tener por desvirtuados y subsanados los incumplimiento que se hicieron del conocimiento del emisor de monederos, dicho material probatorio se recibe salvo revisión.
 
Compromisos de servicio
  • Disponibilidad permanente.
  • Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
 
Pasos para realizar el trámite
  1. Ingresa a la sección trámites y selecciona la opción Buzón Tributario.
  2. Captura tu RFC y contraseña o tu e.firma, seguido del inicio de sesión.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico, indicando el trámite que desees realizar.
  4. Ingresa archivo(s) comprimidos en (.zip) que generaste en tu equipo de cómputo, USB o CD.
  5. Envía el trámite al SAT e imprime tu acuse de recibo electrónico.
  6. Espera respuesta del SAT a través del correo electrónico que registraste para contactarte.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículo 27 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; reglas 2.2.6., 3.3.1.17, 3.3.1.18., 3.3.1.20., 3.3.1.21., de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Última modificación:
01 de enero de 2018 a las 00:10
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