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Aviso de celebración de contrato con terceros para fabricar, producir o envasar bebidas alcohólicas.
Quiénes lo presentan
Los contribuyentes de bebidas alcohólicas que efectúen la fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas.
 
Dónde se presenta
  • A través de Buzón Tributario.
 
Hasta en tanto, este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información, disponibles en el Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse en éste Portal en Mi Portal, o bien, mediante escrito libre dirigido a la Administración Central de Servicios Tributarios al Contribuyente, ante la oficialía de partes de la Administración General de Servicios al Contribuyente, ubicada en Av. Hidalgo 77, planta baja, col. Guerrero, delegación Cuauhtémoc, c.p. 06300, Ciudad de México, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6. en relación con la regla 2.2.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Qué documentos se obtienen
Acuse de recibo.
 
Cuándo se presenta
Cuando se dé, el supuesto.

Requisitos
Archivo electrónico con:

  • Solicitud de marbetes.
  • Clave del RFC del fabricante, productor o envasador, según corresponda, domicilio de los establecimientos de fabricación, producción o envasamiento, así como la descripción de los equipos que se utilizarán para tales efectos.
  • Tratándose de propietarios de marca de tequila, contrato o convenio de corresponsabilidad de acuerdo con lo establecido en la NOM-006-SCFI-2005, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 2006, denominada "Bebidas Alcohólicas-Tequila-Especificaciones", así como de la Constancia de Registro de dicho contrato o convenio ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial de la Secretaría de Economía, de conformidad con el artículo 175 de la Ley de la Propiedad Industrial, tratándose de contratos o convenios de corresponsabilidad suscritos por el fabricante, productor o envasador, con propietarios de marca de tequila.
  • Tratándose de propietarios de marca de Mexcal, copia certificada ante notario público del contrato o convenio de corresponsabilidad de acuerdo con lo establecido en la NOM-070-SCFI-2016, denominada "Bebidas Alcohólicas-Mezcal-Especificaciones", así como de la Constancia de Registro del citado contrato o convenio ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial de la Secretaría de Economía, de conformidad con el artículo 175 de la Ley de la Propiedad Industrial, tratándose de contratos o convenios de corresponsabilidad suscritos por el fabricante, productor o envasador, con propietarios de marca de Mezcal.
  • Tratándose de contribuyentes distintos a los propietarios de marca de tequila y mezcal, contrato o convenio en el que se establezca que efectuarán la fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas, así como de la Constancia de Registro ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial de la Secretaría de Economía, de conformidad con lo establecido en el artículo 136 de la Ley de la Propiedad Industrial.

Condiciones

Contar con contraseña y e.firma vigente.


Información adicional
No aplica.


Compromisos de servicio
 
  • Disponibilidad permanente.
  • Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.

Pasos para realizar el trámite
  1. Ingresa a la sección trámites, captura tu RFC y contraseña en Mi Portal, seguido de iniciar sesión.
  2. Selecciona sucesivamente las opciones: servicios por internet / orientación fiscal / solicitud.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: Servicio de Orientación, eligiendo el trámite: marbetes y precintos.
  4. En su caso, ingresa el(los) archivo(s) con el(los) documento(s) del trámite escaneados.
  5. Envía tu trámite al SAT e imprime y conserva el acuse de recibo electrónico. 
  6. Espera respuesta del SAT a través del medio que hayas elegido para contactarte.

Disposiciones jurídicas aplicables
Artículo 26 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; regla 5.3.2. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Última modificación:
01 de enero de 2018 a las 00:05
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