SAT > Información fiscal > Catálogo de trámites > Solicitudes y avisos diversos > Solicitud de suspensión plazo notificar procedimiento amistoso en términos del Convenio entre los gobiernos de México y de los E.U.A para Evitar Doble Imposición e Impedir Evasión Fiscal en Materia de ISR.
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Solicitud de suspensión plazo notificar procedimiento amistoso en términos del Convenio entre los gobiernos de México y de los E.U.A para Evitar Doble Imposición e Impedir Evasión Fiscal en Materia de ISR.
Quiénes la presentan
Las personas físicas o morales.
 
Dónde se presenta
  • A través de Buzón Tributario.
Mediante escrito libre firmado por el contribuyente o su representante legal, ante alguna de las unidades administrativas que se indican a continuación:

a) En la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad Internacional (ACAJNI), cuando el contribuyente no sea de la competencia de la Administración General de Hidrocarburos (AGH).
 
b) En la Administración Central de Fiscalización de Precios de Transferencia (ACFPT), en caso de solicitudes planteadas por contribuyentes en materia de precios de trasferencia, cuando el contribuyente no sea de la competencia de la Administración General de Hidrocarburos (AGH).
 
c) En la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos (ACAJNH), respecto a las solicitudes planteadas por contribuyentes que son de la competencia de la Administración General de Hidrocarburos (AGH).

Cuando la suspensión sea solicitada por un residente en el extranjero sin establecimiento permanente en México, la solicitud correspondiente se presentará mediante escrito en las unidades administrativas antes indicadas, según corresponda.

Este trámite estará disponible en Buzón Tributario, en tanto se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información dentro de ese canal. Consulta
aquí el listado de trámites y servicios que se encuentran disponibles en Buzón Tributario. Lo anterior de conformidad con lo establecido en la regla 1.6., en relación con la regla 2.2.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Qué documento se obtiene
Acuse de recibo de presentación del trámite.
 
Cuándo se presenta
Cuando las personas físicas o morales que sean residentes para efectos fiscales en México o en los Estados Unidos de América consideren que existirán medidas de uno o ambos estados contratantes que puedan resultar en una imposición que no esté conforme con las disposiciones del Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América para evitar la doble imposición e impedir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su protocolo dentro de los cuatro años y medio siguientes a la fecha en que se presentó o debió haberse presentado la declaración del ejercicio correspondiente, lo que ocurra posteriormente.
 
Requisitos:
Escrito en el que señale lo siguiente:
  • Nombre, denominación o razón social, y el domicilio fiscal del promovente y de las partes relacionadas involucradas en las operaciones objeto de la solicitud de suspensión del plazo para notificar el inicio de un procedimiento amistoso.
  • Documento público con el que se acredite la personalidad del representante o apoderado legal y copia simple de su identidad (identificación oficial). Si dicho documento público fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado por fedatario público mexicano.
  • Clave en el RFC o número de identificación fiscal tratándose de residentes en el extranjero, de todas las partes relacionadas involucradas en las operaciones objeto de la solicitud de suspensión del plazo para notificar el inicio de un procedimiento amistoso.
  • Señalar la autoridad a la que se dirige y el propósito de la promoción.
  • Datos de identificación de la autoridad competente extranjera y, de ser posible, de la unidad regional o local de la administración tributaria nacional y/o extranjera que en la apreciación del promovente pretenda emitir un acto que considera contraviene o implica una imposición no conforme al Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América para evitar la doble imposición e impedir la evasión fiscal en materia de impuesto sobre la renta y su protocolo. Domicilio para oír y recibir notificaciones, así como el nombre de las personas autorizadas para recibirlas.
  • Describir las actividades a las que se dedica el promovente y, en su caso, las partes relacionadas involucradas en las operaciones objeto de la solicitud de suspensión del plazo para recibir en México una solicitud de inicio de procedimiento amistoso.
  • Indicar las medidas adoptadas por cualquiera de los Estados que pueden implicar una imposición no conforme con dicho Convenio, precisando el artículo, disposición y/o parte relevante del Convenio que el promovente considera puede contravenirse, señalando la interpretación u opinión en que se sustente.
  • Señalar todos los hechos o circunstancias relacionadas con la promoción, incluyendo montos, los ejercicios fiscales o periodos involucrados, los datos correspondientes a la operación, las relaciones, circunstancias y/o estructura de las operaciones, así como un análisis de las cuestiones relevantes planteadas.
  • Presentar la información, documentación y/o evidencia con la que soporten y acrediten todos los hechos, actos, circunstancias y operaciones objeto de análisis.
  • En los casos relacionados con precios de transferencia, en adición a lo anterior proporcionar la información, documentación y/o evidencia con la cual se demuestre que las operaciones celebradas con partes relacionadas objeto de la solicitud de suspensión de plazo de recepción en México de la solicitud de inicio de procedimiento amistoso, se pactaron considerando los precios y montos de contraprestaciones que hubieran utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables.
  • Manifestación bajo protesta de decir verdad, con respecto a si los hechos o circunstancias sobre los que versa la solicitud de suspensión del plazo para notificar el inicio de un procedimiento amistoso han sido materia de medios de defensa ante autoridades administrativas o jurisdiccionales en cualquiera de los Estados contratantes y, en su caso, el sentido de la resolución; asimismo deberá adjuntar evidencia documental relativa a los mismos.
  • Manifestación bajo protesta de decir verdad, con respecto a si la solicitud de suspensión del plazo para notificar el inicio de un procedimiento amistoso está relacionada con situaciones, estructuras de operaciones o cuestiones que estén siendo analizadas, o bien, hayan sido objeto de pronunciamiento por las autoridades competentes de cualquiera de los Estados contratantes como parte de un acuerdo anticipado de precios de transferencia, consulta, resolución, acuerdo conclusivo o procedimiento similar y, en su caso, proporcionar copia de los mismos
  • Manifestación bajo protesta de decir verdad, en donde señale:
a)  Si se encuentra sujeto al ejercicio de las facultades de comprobación por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o por las Entidades Federativas coordinadas en ingresos federales; y
b)  Si sus partes relacionadas se encuentran sujetas a dichas facultades de comprobación en México, esto tratándose de personas residentes en el extranjero.​

En ambos casos deberá señalar los periodos y las contribuciones, objeto de la revisión e informar si el solicitante o sus partes relacionadas se encuentran dentro del plazo para que las autoridades fiscales emitan la resolución a que se refiere el artículo 50 del Código Fiscal de la Federación.
Condiciones
Contar con e.firma vigente, cuando se presente a través de Buzón Tributario.
 
Información adicional
  • La información y documentación que se encuentre en idioma distinto al español, deberá presentarse con su respectiva traducción al español realizada por perito autorizado.
  • La solicitud de suspensión del plazo para notificar el inicio de un procedimiento amistoso no producirá los efectos de la solicitud de inicio de un procedimiento amistoso.
  • Por el trámite a que se refiere esta ficha las personas físicas o morales no realizarán pago de derechos.
 
Compromisos de servicio
Buzón Tributario:
  • Disponibilidad permanente.
  • Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
 
Atención presencial:
  • Duración máxima: 40 minutos por trámite.
  • Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casos.
 
Pasos para realizar el trámite
Buzón Tributario:
  1. Ingresa a la sección trámites y selecciona la opción Buzón Tributario.
  2. Captura tu RFC y c​ontraseña o tu e.firma, seguido del inicio de sesión.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico, indicando el trámite que deseas realizar.
  4. Ingresa archivo(s) comprimidos en (.zip) que generaste en tu equipo de cómputo, USB o ​CD.
  5. Envía el trámite al SAT e imprime tu acuse de recibo electrónico.
  6. Espera respuesta del SAT a través del correo electrónico que registraste para contactarte.
 
Atención Presencial
  1. Agenda una cita y acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia.
  2. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
  3. Recibe y conserva el escrito libre sellado, como acuse de recibo.
  
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículos 18, 19, 50 del Código Fiscal de la Federación; Convenio publicado en el Diario Oficial de la Federación el 03 de febrero de 1994; Protocolo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 1996; Protocolo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de julio de 2003; regla 2.1.48. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Última modificación:
01 de enero de 2018 a las 00:07
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