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Solicitud de resolución para deducir intereses por deudas contraídas con partes relacionadas.
Quiénes lo presentan
Personas morales.
 
Dónde se presenta
  • A través de Buzón Tributario.
 
Mediante escrito libre firmado por el contribuyente o su representante legal, ante la Administración Central de Fiscalización de Precios de Transferencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes, o ante la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos respecto de los contribuyentes competencia de la Administración General de Hidrocarburos, conforme lo previsto por la regla 1.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Este trámite estará disponible en Buzón Tributario, en tanto se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información dentro de ese canal. Consulta
aq el listado de trámites y servicios que se encuentran disponibles en Buzón Tributario. Lo anterior de conformidad con lo establecido en la regla 2.2.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Qué documentos de obtienen
Acuse de recibo de presentación del trámite.
 
Cuándo se presenta
Cuando el contribuyente lo requiera.
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Condiciones 
Contar con e.firma vigente y contraseña.
 
Información adicional
  • Los contribuyentes podrán analizar conjuntamente con la Administración Central de Fiscalización de Precios de Transferencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes o ante la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos respecto de los contribuyentes competencia de la Administración General de Hidrocarburos, según corresponda a su competencia, la información y metodología que pretenden someter a consideración de la Administración Central que corresponda, previamente a la presentación de la solicitud de resolución a que se refiere el artículo 34-A del Código Fiscal de la Federación, sin necesidad de identificar al contribuyente o a sus partes relacionadas. 
  • Para los efectos de esta ficha, se considerará controladora de último nivel del grupo multinacional a aquella entidad o figura jurídica extranjera que no sea subsidiaria de otra empresa y que se encuentre obligada a elaborar, presentar y revelar estados financieros consolidados en los términos de las normas de información financiera.
  • Para los efectos de esta ficha, cuando se utiliza el término partes relacionadas se refiere a las definidas en el artículo 179 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. 
 
Compromisos de servicio​
  • Disponibilidad permanente.
  • Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
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Pasos para realizar el trámite
  1. Ingresa a la sección trámites y selecciona la opción Buzón Tributario.
  2. Captura tu RFC y contraseña o e.firma, seguido del inicio de sesión.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico, indicando el trámite que desees realizar.
  4. Ingresa archivo(s) comprimidos en (.zip) que generaste en tu equipo de cómputo, USB o CD.
  5. Envía el trámite al SAT e imprime tu acuse de recibo electrónico.
  6. Espera respuesta del SAT a través del correo electrónico que registraste para contactarte.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículos 33, 34-A del Código Fiscal de la Federación; 11, 28, 76, 179 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; 128 de la Ley General de Sociedades Mercantiles; regla 3.3.1.28., de la Resolución Miscelánea Fiscal.​​
Última modificación:
01 de enero de 2018 a las 00:00
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