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Solicitud de registro de Contador Público, vía internet
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Solicitud de registro de Contador Público, vía internet
Contenido de la página
Quiénes lo presentan
Los interesados en emitir dictámenes fiscales
Personas físicas de nacionalidad mexicana, con cédula profesional de Contador Público o equivalente registrado ante la Secretaría de Educación Pública,
y que sean miembro
s de un colegio profesional reconocido por la propia Secretaría de Educación Pública.
Personas físicas extranjeras con derecho a dictaminar conforme a los tratados internacionales de los que México sea parte.
Dónde se presenta
En éste Portal.
Qué documentos se obtienen
Acuse de recibo electrónico
y, en caso de reunir todos los requisitos de la solicitud, la constancia de inscripción.
Cuándo se presenta
Cuando lo requiera el solicitante.
Requisitos
Cédula profesional de contador público o equivalente emitida por la Secretaría de Educación Pública.
Constancia reciente (no mayor a dos meses), emitida por colegio profesional o asociación de contadores públicos con reconocimiento ante la Secretaría de Educación Pública o ante autoridad educativa estatal que acredite su calidad de miembro activo, así como su antigüedad con esa calidad, con un mínimo de tres años a la presentación de la solicitud.
Constancia de certificación a que se refiere el artículo 52, fracción I, inciso a), segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación, expedida por los colegios o asociaciones de contadores públicos que tengan vigente la constancia de idoneidad a los esquemas de evaluación de certificación profesional.
Acreditar que cuentan con experiencia mínima de 3 años participando en la elaboración de dictámenes fiscales, mediante escrito o escritos firmados por Contador Público Registrado, en el que “bajo protesta de decir verdad” se indique el tiempo que el contador público, solicitante del registro, tiene de experiencia en la elaboración de dictámenes fiscales; la suma del tiempo de los escritos no podrá ser inferior a 3 años; el escrito deberá ser firmado por contador público, que tenga vigente el registro otorgado por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal (AGAFF), que dicho registro no esté suspendido o cancelado y que hayan dictaminado al menos en los cuatro últimos ejercicios fiscales.
Los documentos deberán de enviarse de manera electrónica de acuerdo a las siguientes especificaciones, en el caso de la cédula profesional será del anverso y reverso:
Imagen en formato jpg.
A baja resolución, o bien que el archivo generado no exceda de 500 kb.
Condiciones
Estar inscrito en el RFC, con cualquiera de las claves y regímenes de tributación que a continuación se señalan:
Asalariados obligados a presentar declaración anual conforme al Capítulo I del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta;
Otros ingresos por salarios o ingresos asimilados a salarios conforme al Capítulo I del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta; y
Servicios profesionales para los efectos del Régimen de las Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales. Que cuenten con el Certificado de e.firma vigente, expedido por el SAT.
Información adicional
Una vez otorgada la inscripción, el contador público deberá de comunicar a la Autoridad Fiscal cualquier cambio en los datos contenidos en su solicitud, a través de un caso de aclaración que presenten éste Portal.
Compromisos de servicio
Disponibilidad permanente.
Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
Pasos para realizar el trámite
Ingresa a la sección
trámites
y de la barra superior elige la opción RFC.
Del apartado Padrones, selecciona la opción Inscripción de Contadores Públicos.
Llena los datos solicitados por el formulario electrónico.
Da clic en aceptar.
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículos 52 del Código Fiscal de la Federación; 52 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación; regla 2.13.11. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Última modificación:
01 de enero de 2018 a las 00:09