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Reportes estadísticos de los órganos certificadores.
Quiénes lo presentan
Las personas morales autorizadas para operar como órgano certificador.

Dónde se presenta
Se inicia y concluye en la liga URL o sitio Web que el órgano certificador entregue al SAT, para consultar y descargar dichos reportes.

Qué documento se obtiene
Ninguno.

Cuándo se presenta
De manera mensual, dentro de los primeros 5 días hábiles del mes inmediato posterior al que se reporta y anualmente, dentro de los primeros 15 días hábiles del año inmediato posterior al que se reporta (histórico concentrado).

Requisitos
Generar y entregar a la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control, reportes estadísticos de las verificaciones de cumplimiento del marco de control con los terceros sujetos a su certificación, de forma mensual y anual, conteniendo lo siguiente:
  • Dominios u objetivos de control con mayor incidencia.
  • Tiempo promedio que le consume el tercero autorizado o aspirante en entregar información adicional o remediar una deficiencia reportada.
  • Controles con mayor frecuencia de incumplimiento.
  • Comparativo de incumplimiento de controles entre la evaluación de seguimiento con respecto a la evaluación inmediata anterior tratándose de un tercero autorizado.

Condiciones
La información deberá estar en todo momento disponible al SAT para consulta y descarga.
 
Información adicional
No aplica.
 
Compromisos de servicio
  • Disponibilidad permanente.
  • Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
 
Pasos para realizar el trámite
Para realizar el trámite, requieres ingresar a la liga URL o sitio WEB que el mismo órgano verificador entregue al SAT, donde podrás consultar y descargar los reportes estadísticos.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículo 32-I del Código Fiscal de la Federación; regla 2.21.6., de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Última modificación:
01 de enero de 2018 a las 00:08
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