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Para efectos del traslado de la mercancía hasta la aduana de salida del territorio nacional, utilizarán el “Aviso de traslado de mercancías de empresas con Programa IMMEX, RFE u Operador Económico Autorizado”.
Las citadas operaciones deberán estar reflejadas en el sistema de control de inventarios, a que se refieren los artículos 59, fracción I, de la Ley, 24, fracción IX, del Decreto IMMEX y la regla 4.3.1.