Requisitos rubro comercializadora e importadora regla 7.1.4.
Además de lo establecido en
el primer párrafo de la regla 7.1.4, a excepción de las fracciones II y V, deberán cumplir con lo siguiente:
I. No contar con un Programa IMMEX.
II. Haber efectuado en el semestre inmediato a la fecha en que ingresen su solicitud, importaciones por un valor en aduana no menor a $300'000,000.00.
Se considerarán como semestres los periodos comprendidos de enero a junio y de julio a diciembre de cada ejercicio fiscal.