Inicio | Mapa del sitio | Índice temático | Glosario | English
Requisitos regla 7.1.5.
a) Solicitud de registro en el esquema de certificación de empresas. b) Operaciones de comercio exterior, durante los últimos 2 años anteriores a la solicitud. c) Que las aeronaves en las que realizan la transportación de documentos y mercancías sean de su propiedad o bien de alguna de sus empresas filiales, subsidiarias o matrices nacionales o extranjeras. d) Que la empresa transportista, su empresa subsidiaria, filial o matriz que opera el transporte en las aeronaves cuente con el registro de rutas aéreas o aerovías dentro del espacio aéreo nacional ante la Dirección General de Aeronáutica Civil de la SCT. e) Contar con concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior. f) Contar con una inversión mínima en activos fijos por un monto equivalente en moneda nacional a 1’000,000.00 de dólares a la fecha de presentación de su solicitud. g) Presentar perfil de mensajería y paquetería, debidamente requisitado, cumpliendo con los estándares mínimos en materia de seguridad para cada una de las instalaciones donde procesan mercancías de comercio exterior.
a)Contar con aeronaves para la transportación de documentos y mercancías, mediante contrato de servicios, celebrado de forma directa o a través de una empresa operadora que forme parte del mismo grupo, que cuente con concesión o permiso autorizado por la SCT, mediante el cual ponga a su disposición para uso exclusivo de las actividades de mensajería y paquetería al menos tres aeronaves y provea frecuencias regulares a los aeropuertos donde las empresas de mensajería y paquetería realizan el despacho de los documentos o mercancías. b) Que la empresa que opera el transporte en las aeronaves señaladas en la fracción anterior, tengan autorizadas o registradas sus rutas aéreas o aerovías dentro del espacio aéreo nacional ante la Dirección General de Aeronáutica Civil de la SCT. c) Que cuentan de forma directa o a través de una empresa que forme parte del mismo grupo, con concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior.
Beneficios regla 7.3.10.