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El Servicio de Administración Tributaria puede otorgar la autorización a los contribuyentes para operar como Proveedor de certificación y generación de comprobantes fiscales digitales por Internet para el sector primario (PCGCFDISP), dicha autorización únicamente se otorgará a las agrupaciones u organizaciones de contribuyentes, así como los organismos que las agrupen, constituidas como personas morales y las personas morales que estén integradas en un Sistema Producto en términos de lo dispuesto por la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, que tributen en términos de lo dispuesto por el artículo 79, fracción III, del Título III de la Ley del ISR, siempre que:
1. Estén legalmente constituidas al amparo de lo dispuesto por la Ley de Organizaciones Ganaderas, o Ley de Asociaciones Agrícolas, o;
2. Estén legalmente constituidas por productores agropecuarios o agroindustriales, así como aquéllas que las organicen y que sean integrantes de un Sistema Producto en términos de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.