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Solicitud para obtener autorización para operar como proveedor de certificación de factura.
Quiénes lo presentan
Las personas morales que deseen obtener autorización del SAT para operar como proveedores de certificación de factura.
 
Dónde se presenta
En éste portal.
 
Qué documentos se obtienen
  • Acuse de recibo.
  • Posteriormente: Oficio de autorización, o en su caso, resolución negativa.
 
Cuándo se presenta
Cuando las personas morales hayan obtenido el oficio con el que acrediten contar con la capacidad tecnológica y de infraestructura que les permita prestar el servicio de certificación de factura, expedido por la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información (AGCTI).
 
 
Condiciones
Contar con contraseña.
 
Información adicional
  • Cuando los contribuyentes presenten la información de forma incompleta o con errores, el SAT podrá requerirles completarla o corregirla.
  • Una vez obtenida la autorización solicitada, dentro de un plazo de 30 días naturales contados a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos la notificación de la autorización, el contribuyente deberá enviar la garantía (fianza) en formato XML, la digitalización de su representación impresa y la factura que ampare el pago total de la garantía por el período por el qué se ha obtenido la autorización, o bien, una Carta de Crédito la cual se deberá enviar en archivo PDF, dicha garantía deberá ser expedida a favor de la TESOFE.
  • En ambos casos los archivos se enviarán mediante éste Portal.
  • No obstante lo señalado, el SAT podrá requerir de manera adicional al contribuyente autorizado la presentación en forma física de estos documentos (fianza o carta de crédito) cuando los originales consten en soporte físico (papel).
  • La garantía a que se refiere la regla 2.7.2.1., de la Resolución miscelánea Fiscal, deberá contener el siguiente texto:

“Para garantizar por (nombre de la persona moral), con domicilio en (domicilio fiscal), y (RFC del proveedor de certificación de factura), el pago de cualquier daño o perjuicio que por impericia o incumplimiento de la normatividad establecida en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, sus anexos y la que se dé a conocer a través de éste Portal que regule la función de proveedor de certificación de factura, se ocasione al fisco federal o a un tercero. Lo anterior de conformidad con las reglas 2.7.2.6., y 2.7.2.8., fracción III de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

Garantizando hasta por un monto de $10’000,000.00 (Diez millones de pesos 00/100 M.N.), con vigencia del (fecha de obtención de la autorización o, en su caso, inicio del periodo de renovación) al 31 de diciembre de ____)".

Compromisos de servicio
  • Disponibilidad permanente. 
  • Emisión inmediata del acuse de recibo del trámite.

Pasos para realizar el trámite  
  1. Ingresa a la sección trámites, captura tu RFC y contraseña en Mi Portal, seguido de iniciar sesión.
  2. Selecciona sucesivamente las opciones: servicio por internet / servicios o solicitudes / solicitud.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: servicio de avisos, indicando el trámite a realizar.
  4. En su caso, ingresa el(los) archivo(s) con el(los) documento(s) del trámite escaneado(s).
  5. Envía tu trámite al SAT e imprime y conserva el acuse de recibo electrónico.
  6. Recibe respuesta del SAT a través del medio que hayas elegido para contactarte.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículos 29, fracción IV, párrafos segundo al quinto, 141 del Código Fiscal de la Federación; reglas 2.1.39., 2.7.2.1., 2.7.2.2., 2.7.2.6., 2.7.2.8., de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Última modificación:
06 de febrero de 2018 a las 10:33
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