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Actividades que pueden ser autorizadas para recibir donativos deducibles

Al constituir la organización civil o celebrar el contrato de fideicomiso, debe verificar que su objeto social se ​ubique en alguna de las actividades que pueden ser autorizadas para recibir donativos deducibles, así como cumplir con los requisitos que disponen las leyes en la materia.

​Para tal efecto, se considera como objeto social (el fin o actividad que va a llevar a cabo la organización civil o fideicomiso), el cual debe señalarse en el acta constitutiva o estatutos sociales.

En ese sentido, las actividades que conforme a la ley pueden ser autorizadas para recibir donativos deducibles son:



2. Educativas

Aquellas que tienen como fin la impartición de enseñanza cuando cuenten con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, así como las instituciones creadas por decreto presidencial o por ley cuyo objeto sea la enseñanza. Para efectos de esta actividad, debe considerar que sólo serán deducibles las donaciones no onerosas ni remunerativas que reciban las instituciones de enseñanza autorizadas para recibir donativos del Título III de esta Ley, siempre y cuando se destinen a la adquisición de bienes de inversión, a la investigación científica o el desarrollo de tecnología, así como a gastos de administración hasta por 5% de los donativos y, en su caso, de los rendimientos que perciban; y que dichas instituciones no hayan distribuido remanentes a sus socios o integrantes en los últimos cinco años.


3. Investigación científica o tecnológica
Aquellas tendientes a la investigación científica o tecnológica, siempre y cuando estén inscritas en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.




5. Ecológicas  

Aquellas dedicadas a las siguientes actividades: 

  • Investigación o preservación de la flora y fauna silvestres, terrestres o acuáticas, dentro de las zonas geográficas que determine el SAT, de conformidad con el Anexo 13 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
 
  • ​​​​​​​​Promoción de la prevención y control de la contaminación del agua, del aire y del suelo, la protección al ambiente y la preservación y restauración del equilibrio ecológico.
 

6. De preservación de especies en peligro de extinción

Aquellas actividades dedicadas a la reproducción de especies en protección y peligro de extinción y la conservación de su hábitat, previa opinión de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.


​7. Becantes 

 Aquellas dedicadas al otorgamiento de becas, siempre que se cumplan con los siguientes requisitos:

  • Que las becas se otorguen para realizar estudios en instituciones de enseñanza que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios en los términos de la Ley General de Educación o, cuando se trate de instituciones del extranjero, estén reconocidas por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
 
  • ​​Que las becas se otorguen mediante concurso abierto al público en general y su asignación se base en datos objetivos relacionados con la capacidad académica del candidato.


8. De Obras o Servicios Públicos
​Aquellas que lleven a cabo obras o servicios públicos que deba efectuar la Federación, las entidades federativas o los municipios.




10. De apoyo económico
 Aquellas que aportan recursos económicos a personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles.


11. Museos y Bibliotecas Privados
Aquellas que se dediquen a la instauración y establecimiento de bibliotecas y/o museos  que se encuentren abiertos al público en general.


12. Escuela-empresa

Aquellas que ejecuten programas escuela-empresa que sean parte del plan de estudios u objeto de organizaciones que obtengan la autorización para recibir donativos deducibles.

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Última modificación:
17 de enero de 2018 a las 18:21
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