Padrón de Exportadores sectoriales

 

 

 

Padrón de Exportadores sectoriales / Reincorporación

Reincorporación


 

 

Quiénes lo presentan

Las personas físicas y morales que hayan sido suspendidas en el Padrón de Exportadores Sectorial.

 

Cómo se presenta

Mediante el formato denominado "Autorización de inscripción para el padrón de exportadores sectorial (Regla 1.3.7)​​"

 

Dónde se presenta

  • A través de un Caso de Aclaración con la etiqueta INSC_PGIYSE_EXS.
  • En la Oficialía de Partes de cualquiera de las Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente.
  • Por servicio de mensajería o correo certificado.
  • En la Oficialía de Partes de la Administración General de Servicios al Contribuyente.

 

Condiciones

  • Estar inscrito y activo en el RFC.
    Acceder

  • Contar con e.firma vigente.
    Valida la vigencia de tu e.firma

  • La constancia de cumplimiento de obligaciones fiscales previstas en el artículo 32-D del CFF, debe estar en sentido positivo.
    Acceder

  • Tener el domicilio fiscal como localizado en el RFC o en proceso de verificación.
    Acceder

  • No encontrarse en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos 69 y 69-B, cuarto párrafo, del CFF, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI, del referido artículo 69.
    No localizados

    Operaciones presuntamente inexistentes

    Incumplidos

  • El estatus del Buzón Tributario, debe encontrarse como “Validado”.
    Acceder

  • Para el caso de personas físicas, deben realizar actividades empresariales en términos del título II, capítulo VIII y título IV, capítulo II, secciones I y II de la Ley del ISR.

  • Para el caso de la solicitud de inscripción en Sectores Específicos de Exportación del 1 al 7, debe contar con la obligación correspondiente a la "Declaración Informativa del IEPS" de la mercancía que desees exportar.

 

Requisitos

  • Copia de identificación oficial vigente e instrumento notarial que acredite la personalidad jurídica del solicitante del trámite, según sea el caso (persona física o persona moral).

  • Si el representante legal es extranjero, anexa copia simple del documento que compruebe su legal estancia en el país y que acredite que su situación migratoria le permite ostentarse con los cargos que se mencionan en el acta constitutiva o poder notarial correspondientes, de conformidad con el artículo 65 de la Ley de Migración.

  • Tratándose de personas físicas extranjeras residentes en territorio nacional incluye, además, copia del documento mediante el cual comprueben su situación migratoria en el país y que se les autoriza para realizar actividades empresariales.

  • Si la persona física es representada por una tercera persona, adjunta poder notarial o carta poder en la que se faculte para realizar este trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del CFF.

  • Si cambió la denominación o razón social de la empresa, debes enviar copia simple de la escritura pública protocolizada ante Notario Público, en la cual conste dicho cambio.

  • Documentación con la que acredites que se subsana(n) la(s) causal(es) por la(s) que fuiste suspendido del Padrón de Exportadores Sectorial.

  • • Para el caso de la solicitud de inscripción a los sectores del 8 al 15 del Padrón de Exportadores Sectorial, se debe cumplir con los requisitos específicos señalados en la “Ficha 142/LA Solicitud para dejar sin efectos la suspensión en el Padrón de Exportadores Sectorial”, y conforme a la Guía del Padrón de Exportadores Sectorial.

Puedes solicitar tu reincorporación a cualquiera de los sectores que se enlistan a continuación, si cumples con los requisitos correspondientes que señale la referida ficha de trámite.

  • Alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables.
  • Cerveza.
  • Tequila.
  • Bebidas alcohólicas fermentadas (vinos).
  • Bebidas alcohólicas destiladas (licores).
  • Cigarros y tabacos labrados.
  • Bebidas energizantes, así como concentrados polvos y jarabes para preparar bebidas energizantes.
  • Minerales de hierro y sus concentrados.
  • Oro, plata y cobre.
  • Plásticos.
  • Caucho.
  • Madera y papel.
  • Vidrio.
  • Hierro y acero.
  • Aluminio.

Una vez ingresado el trámite, puedes aportar información o documentación adicional a través de un caso de aclaración con la etiqueta REINC_PGIYSE_EX, preferentemente el mismo día del ingreso de tu solicitud.

 

Pasos a seguir para realizar el trámite

Guía del Padrón de Exportadores Sectorial

 

Servicio por internet y presencial

Horarios

Portal del SAT: las 24 horas, los 365 días del año.

Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente: lunes a viernes de 8:00 a 14:30 horas, excepto días inhábiles.

Oficialía de Partes de Servicios al Contribuyente: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, excepto días inhábiles.

Respuesta a solicitud: máximo 10 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la recepción de la solicitud.

 

 

 

Atención personalizada:

MarcaSAT: 55 627 22 728 opción 7 seguida de la opción 3.
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas.

Servicios que presta

  • Asesoría sobre requisitos y documentación soporte.


Mi Portal: A través de un caso de aclaración.
Horario: 24 horas, los 365 días del año.

Servicios que presta

  • Estatus de tus trámites.


Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente.
Horario: De lunes a jueves de 08:30 a 16:00 horas, y viernes de 8:30 a 15:00 horas., con cita.

Servicios que presta

  • Estatus de tus trámites.

 

 

 

 

Consulta el resultado de tu solicitud aquí.

 

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