Uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento)
Perteneces a este régimen si eres dueño de un bien inmueble como una casa, edificio, departamento, local comercial, terreno o bodega y autorizas a otras personas para que lo utilicen por un tiempo y fines establecidos a cambio de una cantidad periódica de dinero (renta).
Es importante aclarar que cuando no cumplas con estos requisitos, el SAT te enviará automáticamente al régimen que te corresponda.
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Los pagos provisionales mensuales de ISR y los definitivos de IVA se presentan a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel al que corresponda el pago.
La declaración anual se presenta en el mes de abril del año siguiente al que corresponda la declaración.
Nota: Durante el ejercicio 2022 tienes la opción de presentar únicamente la declaración anual en el que calcules y pagues el impuesto de todo el ejercicio, es decir, no realizarás pagos provisionales de ISR y solamente presentarás la declaración anual del ejercicio 2022 en el mes de abril de 2023.
Para mayor información consulta la Guía de actualización de actividades económicas.
Material adicional
Consultas y dudas
Presentar la declaración anual de ISR
Recuerda que la declaración anual se presenta en el mes de abril del año siguiente al que corresponda la declaración.